Cada nodo citaba su norma suelta; este consolida y agrega lo faltante: POT para agroturismo, registro ICA y régimen sanitario de la miel.
¿En qué orden y ante quién se tramita cada permiso rural en Colombia?
Mapa regulatorio completo: uso del suelo rural, registro ICA, Ley 1715, trámites ambientales y régimen sanitario de la miel.

Origen
¿Qué necesidad real del territorio inició este experimento?
Proceso
¿Qué se hizo, paso a paso?
Siete trámites en secuencia —receta, no lista—: 1) domo bajo NSR-10/Ley 400 ante curaduría (liviana frente a convencional, excepción Minvivienda 2004); 2) uso del suelo en el POT municipal (MinAmbiente 2021, art. 12 para agroturismo); 3) registro del predio apícola y meliponícola ante el ICA, con Ley 2193/2022; 4) miel ante el INVIMA: la natural sin transformar no exige registro sanitario (Dec. 3075/1997; caso Bajo Cauca 2024); 5) aguas bajo Res. 1256/2021; 6) ANLA/UPME para Ley 1715; 7) licencia ambiental ante la CAR, con monitoreo y reportes semestrales.
Retos
¿Qué se puso difícil y cómo se resolvió?
POT de Ibagué sin verificar en Planeación; umbrales de licencia ambiental sin analizar con la CAR del Tolima; ningún trámite completado —el ICA es el más avanzado por las 30 colmenas operando, sin confirmar inscripción.
Lección
¿Qué aprendimos?
La barrera de familiaridad institucional no es una barrera legal real: el mismo patrón de NSR-10 con curaduría y de la minicasa.
Fuentes de inspiración
Referencias, lecturas, proyectos o personas que inspiraron este experimento.
Lo estudiado para el mapa:
- Marco regulatorio: la secuencia completa.
- MinAmbiente 2021; ICA; Ley 2193/2022; INVIMA; Dec. 3075/1997; Colombia Sostenible 2024; NSR-10/Ley 400; Ley 1715/2099; Res. 1256/2021, citados en esa crónica.
Manuel Camilo Saldarriaga Acosta
Documentamos cada experimento en abierto: lo que funcionó, lo que no, y por qué. La transparencia radical es lo que distingue al laboratorio vivo.
Corredor Ambalá, Ibagué, Tolima